En la práctica, se trató de un contundente mensaje al alcalde de la Localidad de la Virgen y Turística, Gregorio Rico Gómez, ordenándole que cumpliera el deber de responder las acusaciones que varios medios de comunicación locales y nacionales le han hecho por su relación -directa o indirecta – con una construcción que fue suspendida por la propia Administración distrital por estar realizándose sin la debida licencia y violando de manera flagrante el Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad, a pocos metros del lugar donde se desplomó el edificio Portales de Blas de Lezo II, que dejó como saldo trágico 22 obreros muertos.
«Como alcalde mayor de la ciudad de Cartagena le exijo al alcalde de la Localidad Número 2, Gregorio Rico, que de las explicaciones del caso sobre la edificación que hoy se cuestiona», fue la explícita advertencia del mandatario a su subalterno. Pero hubo un mensaje aún más claro cuando, tras manifestar que «nosotros como autoridad sí actuamos», Duque Vásquez puso de presente una serie de documentos «que muestran que efectivamente se hicieron los controles de rigor que nos tocaba en su debido momento».
Y se refería el burgomaestre a varios autos de audiencia, actas de visita y fotografías de sellos de suspensión que probarían que, para el Ejecutivo distrital, sobre el edificio Casa Blanca (de propiedad de la Inmobiliaria Casa Blanca S.A.S. cuyos responsables legales -principal y suplente – son la esposa de Rico: Chestien Karina Urzola, y un hijo de aquel: Yurit Alberto Rico Bernal) hay serios indicios de estar construyéndose violando varias normas urbanísticas.
«Es deber de los organismos demostrar que efectivamente el alcalde de la Localidad Dos tiene que ver con esa construcción», fue otro mensaje del mandatario de los cartageneros, pero este dirigido a los órganos de control que, tras los informes periodísticos sobre el caso, podrían haber iniciado de oficio las correspondientes investigaciones; «para eso están ellos», dijo.
Y también pudo estar dirigido, tácitamente, a la Oficina Asesora de Control Disciplinario, que sobre la eventual responsabilidad de varios funcionarios distritales en el caso del edificio Portales de Blas de Lezo abrió una indagación preliminar, pero al asumir la investigación la Procuraduría General de la República, por tener esta control preferente, tuvo que desistir de continuar el proceso.
No obstante, como en las declaraciones de Duque no aparecen las palabras ‘renuncia’ o ‘destitución’, o las frases ‘declaratoria de insubsistencia’ o ‘remoción del cargo’, en las redes sociales -particularmente – varios ciudadanos se preguntan las razones por las cuales el mandatario no ha tomado una decisión de fondo sobre el caso. «Los alcaldes locales tienen periodo fijo y el alcalde mayor no los puede despedir; ni siquiera les puede pedir la renuncia», fue la explicación dada por un funcionario de la Alcaldía que pidió reserva de su nombre «ya que no estoy autorizado a hablar sobre este caso». «Además, aún en los casos de funcionarios de libre nombramiento y remoción sin periodos fijos, los jefes deben garantizar el debido proceso», manifestó la misma fuente.
Sobre el particular, este portal consultó con dos abogados expertos en Administración Pública: el expersonero, exprocurador delegado y exjefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Alcaldía de Cartagena, Fabio Castellanos Herrera, y el exsecretario del Interior y docente universitario Javier Doria Arrieta, quienes coincidieron en manifestar que, en efecto, el debido proceso debía ser garantizado en todos los casos.
«La Ley 1617 de 2013 es clara en el sentido de que, en el caso de Cartagena, los alcaldes locales tienen periodo fijo, y el alcalde no tiene competencia para removerlos sin causas probadas que justifiquen su decisión; por ello lo que se impone es que al alcalde local sobre el cual haya una inquietud se le abra un proceso disciplinario, por parte de la Oficina Asesora de Control Disciplinario, que sí tiene atribuciones incluso de ordenar una suspensión temporal», conceptuó Castellanos Herrera.
«Esta es una situación que pone de manifiesto una notoria tensión entre dos principios de orden moral y jurídico», manifestó por su parte Doria Arrieta: «por un lado, el derecho fundamental al debido proceso del que gozan todos los funcionarios y los ciudadanos en general, que es un mandato constitucional, pero por otro lado está el comportamiento de ciudadano ejemplar que se pide de los servidores públicos, tanto en sus actuaciones públicas como privadas».
Para Doria, en el caso de Gregorio Rico «es claro que el alcalde Manuel Vicente Duque debe respetar el derecho que tiene el funcionario de defenderse, pero si las evidencias que señalan la posible comisión de un acto violatorio de la Ley son demasiado evidentes, entonces debe ser el funcionario cuestionado quien tome la decisión de dar un paso al costado y que las autoridades actúen» (leer ‘Debido proceso y moralidad pública’).
«Por eso es que Manolo (Duque) no le ha pedido la renuncia a Gregorio (Rico)», agregó sobre el caso la fuente de la Alcaldía; «pero le envió un mensaje a este y a los entes de control, y a buen entendedor pocas palabras. Un mensaje que no sé si ya produjo respuestas».