Ayer, a las 7:48 p.m., en su cuenta en X, el alcalde de Cartagena Dumek Turbay Paz publicó: «Caso #Aquarela: Juez administrativo respaldó acción de la inspección de policía contra el predio y conceptuó que la actuación estuvo ajustada a derecho. Señores Promotora Calle 54: ninguna de sus leguleyadas evitará que el adefesio que puso en vilo nuestra condición de patrimonio cultural e histórico sea demolido en su totalidad. A propósito, el desmonte mecánico piso a piso avanza a buen ritmo. Buenas noches».
Aludía el mandatario al hecho de que el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Cartagena, mediante Sentencia No. 45 formulada en el marco de un proceso de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, negara una serie de pretensiones presentadas por la firma ‘Promotora Calle 47 S.A.S.‘, propietaria del edificio Aquarela, en materia de medidas correctivas impuestas, resolución de recursos, condenas al Distrito por sus actuaciones y reparación por supuestos daños causados.
En su defensa, el Distrito adujo que se opone a las pretensiones de la urbanizadora ‘Promotora Calle 47 S.A.S.’ «por cuanto considera que las resoluciones atacadas se profirieron dentro del marco legal para ello y con todos los requisitos que se exigen teniendo en cuenta que la firma propietaria del proyecto Aquarela Multifamiliar fue infractora dentro del desarrollo de la construcción al registrar un comportamiento que afecta la integridad urbanística conforme se encuentra en el Código Nacional de Policía y Convivencia generando impactos negativos en el patrimonio cultural que puede afectar las características y los valores de los bienes declarados como de interés cultural».
En consideración a esa tesis, la jueza María Angélica Somoza Álvarez negó «las pretensiones de la demanda (…) como quiera que no fueron acreditados los supuestos fácticos y jurídicos que sirvieron de base a los cargos de nulidad planteados por el extremo accionante» y «considera el Despacho que no se desvirtuó la presunción de legalidad que cobijan los actos administrativos demandados».
En sus consideraciones, Somoza Álvarez destacó que la inspectora de Policía N° 2, al imponer una medida correctiva en materia urbanística a ‘Promotora Calle 47 S.A.S.’, mediante la Resolución N° 01 del 9 de octubre de 2018, lo hizo en pleno ejercicio de las competencias que en su condición de autoridad policiva le confiere la Ley.
Asimismo, advirtió la jueza que la inspectora, al imponer las medidas que desataron las decisiones del Distrito, tuvo en cuenta de manera plena y cabal todas las pruebas y conceptos técnicos recaudados durante el proceso administrativo.
Como deberá recordarse, además de los citados actos administrativos, en torno del fracasado proyecto urbanístico se han tomado decisiones judiciales como la proferida el 1 de abril de 2023 por el juez administrativo 12 de Cartagena en atención a una acción popular que ordenó la demolición del edificio Aquarela, en respuesta, a su vez, de los argumentos de la Procuraduría General de la Nación en esa materia (leer ‘Juez acoge argumento de la Procuraduría y ordena demoler edificio Aquarela‘).
Para el recuerdo también que, una vez conoció la decisión del togado, el entonces alcalde William Dau Chamat decidió impugnarla, no obstante que cuatro años atrás se mostró en medios muy dispuesto a demoler la cuestionada estructura (leer ‘La contradicción de William Dau: esto dijo del edificio Aquarela en 2019‘).
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