
Con el fin -entre otros – de cumplir lo ordenado por la Ley 2094 de 2021 en materia de doble instancia y de separación de las etapas de instrucción y juzgamiento, como garantías del proceso disciplinario y, consecuencialmente, de la eficacia y eficiencia de los respectivos fallos, la Procuraduría General de la Nación creó varias Secretarías Comunes a lo largo del país, y distribuyó y asignó de manera transitoria nuevas competencias a las procuradurías territoriales.
Concretamente, el Ministerio Público le dio nuevos ‘dientes‘ a su facultad de «ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive los de elección popular«, y de «adelantar las investigaciones e imponer las respectivas sanciones«, en cumplimiento del numeral 6° del artículo 277 de la Constitución Política de Colombia, para lo cual reconfiguró su planta de personal y «su régimen de competencias, estructura y funcionamiento, e incorporó en la estructura de la entidad las procuradurías provinciales distritales y regionales de instrucción y juzgamiento, atribuyéndoles funciones disciplinarias«.

En los casos de Cartagena y Bolívar, se reclasificaron las Procuradurías Provincial y Regional, a cargo de Javier Porto Hernández y Ana Joaquina Petro López, respectivamente, y, en consecuencia, a partir del pasado 8 de abril, cuando fue expedida la Resolución 113 de la fecha, suscrita por la procuradora general Margarita Cabello Blanco, tienen nuevas funciones y competencias.
En Cartagena funcionarán la Procuraduría Provincial de Instrucción Cartagena de Indias y la Procuraduría Provincial de Juzgamiento Cartagena de Indias, con competencias en la circunscripción territorial de las Procuradurías Provinciales de Instrucción de Cartagena, El Carmen de Bolívar y Magangué.
De igual forma, en la capital de Bolívar funcionará la Procuraduría Regional de Instrucción Bolívar y la Procuraduría Regional de Juzgamiento Bolívar, con competencias en la circunscripción territorial de las Procuradurías Regionales de Instrucción de Bolívar, Córdoba, Sucre y San Andrés y Providencia.
En cuanto a las Secretarías Comunes, se dispuso que estas desarrollarán sus funciones en forma separada respecto de cada despacho, en el marco de las etapas de instrucción y juzgamiento de los procesos a cargo de cada Procuraduría.
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