Bogotá D.C., febrero de 2021
Oficio: 0068 – 2021 citar al contestar
Doctor
WILLIAM JORGE DAU CHAMATT
Alcalde Distrital de Cartagena de Indias atencionalciudadano@cartagena.gov.co
ASUNTO: Daño ambiental ocasionado al ecosistema de Playa Blanca-Barú por ocupación indebida y explotación económica de áreas de baja mar. Incendios de construcciones. Protección a comunidades étnicas.
Respetado Señor Alcalde.
En mi calidad de Procuradora Delegada para asuntos Ambientales y Agrarios, en ejercicio de las facultades señaladas en los artículos 277 superior y 24 del Decreto 262 de 2000, concurro a usted con ocasión del incendio que se presentó el miércoles 3 de febrero del presente año en la zona de Playa Blanca de la Isla de Barú.
Revisadas las actuaciones de la Procuraduría General de la Nación, se pudo evidenciar que este evento de conflagración es el tercero que se presenta en Playa Blanca, el primer incendio ocurrió el día 21 de noviembre de 2019 y el segundo el día 8 de octubre de 2020.
Ante los incendios de los años 2019 y 2020, la Procuraduría Delegada Ambiental y Agraria y la Procuraduría Delegada para Asuntos Étnicos, realizaron solicitudes al Distrito de Cartagena, las que no fueron respondidas, y el hecho que se haya presentado un tercer evento denota que las decisiones estructurales que la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Administración Distrital de Cartagena que liderara como primera autoridad del territorio, no se han ejecutado.
En atención al primer incendio ocurrido en el año 2019, la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales por medio del oficio No. 2220 de 26 de noviembre de 2019 reiteró al Alcalde de Cartagena de la época los requerimientos de la Procuraduría General de la Nación ante la Problemática Ambiental Playa Blanca-Barú, se pusieron de presente todos los “argumentos” y “dificultades” que a lo largo de los años han esgrimido los distintos funcionarios distritales para no cumplir con sus competencias de recuperación de playas y zonas de baja mar en el área de Playa Blanca, y se solicitó expresamente al Distrito que no permitiera la reconstrucción de varios hostales quemados como consecuencia de un incendio acaecido el 21 de noviembre de 2019.
A pesar de las advertencias de la Procuraduría General de la Nación los hostales fueron reconstruidos en tiempo record, utilizando especies arbóreas prohibidas, frente a todas las autoridades, y los mismos continuaron ocupando ilegalmente zonas de baja mar y degradándolas con la explotación económica inmisericorde que se viene haciendo del ecosistema de Playa Blanca.
La grave situación ambiental y social de playa blanca, entre otras problemáticas ambientales de Cartagena, fue puesta en conocimiento de la Doctora Irina Saer, en calidad de coordinadora del comité de empalme de la Administración 2020-2023, por medio del oficio No. 13203600003-606-2019 de fecha 16 de diciembre de 2019.
Se remite, adjunto a la presente el informe contenido en el oficio No.13203600003-600- 2019 de fecha 6 de diciembre de 2019, el que en su acápite “5. Seguimiento al Oficio No. 2220 de 26 de noviembre de 2019, suscrito por el Procurador Delegado para Asuntos Ambientales”, detalla las situaciones puestas de presente en esa fecha por este ente de control, que son las mismas que se siguen presentando actualmente, ante la ausencia de una intervención integral y orientada a resolver las causas estructurales de la problemática de playa blanca, las conclusiones contenidas en el citado informe, en concepto de esta Procuraduría Delegada, continúan teniendo plena vigencia.
Con relación con el segundo incendio ocurrido el 8 de octubre de 2020, por las implicaciones que este evento tuvo en los miembros del Consejo Comunitario de Playa Blanca, la intervención fue llevada a cabo por la Procuraduría Delegada para Asuntos Étnicos.
En desarrollo de esta intervención, la citada Procuraduría Delegada puso en conocimiento del Distrito de Cartagena, la Fiscalía General de la nación, el Ministerio del Interior y la Unidad de Protección, las amenazas que deben enfrentar los lideres étnicos de playa blanca.
Por medio del oficio No. S-2020-031672 de fecha 29 de septiembre de 2020 la Procuraduría Delegada para Asuntos Étnicos puso en conocimiento a usted en calidad de Alcalde de Cartagena y al señor Secretario del Interior la grave situación de amenaza que enfrentaba la comunidad negra de playa blanca y les solicitó “adoptar las medidas necesarias para garantizar el orden público y la seguridad de los líderes comunitarios del Consejo Comunitario de Playa Blanca, quienes han denunciado y expresado su preocupación por las presuntas amenazas recibidas por el presidente y demás miembros de la Junta Directiva de la citada comunidad de minoría étnica”, sin embargo, hasta la fecha no se han adoptado las acciones pertinentes.
Por todo lo expuesto, esta procuraduría advierte a la administración distrital la necesidad inmediata de desplegar las siguientes actuaciones:
- Desplegar todas las acciones en articulación con la autoridad ambiental y de gestión del riego tendientes a recuperar la zona garantizando que los residuos producto de la conflagración sean debidamente retirados de la zona de playa y dispuestos adecuadamente, para evitar mayor contaminación en esta área
- Prohibir la reconstrucción de las edificaciones consumidas por el incendio ocurrido el pasado 3 de febrero de playa blanca, hasta que se verifique si los ocupantes pertenecen al Consejo Comunitario de la Vereda de Playa Blanca, de conformidad con las disposiciones contenidas en la sentencia T-485 de 2015 de la Corte Constitucional.
- Definir un plan de acción concreto, con determinación de tiempos y recursos, para la realización de las diligencias de recuperación de áreas de baja mar indebidamente ocupadas en playa blanca, de conformidad con las solicitudes específicas que para el efecto ha radicado ante la Administración Distrital de Cartagena la Dimar- Capitanía de Puerto de Cartagena.
- Atender dentro de la mayor brevedad posible las solicitudes realizadas por la Procuraduría Delegada para Asuntos Étnicos mediante los oficios No. S-2020- 031672 de fecha 29 de septiembre de 2020 y No. S-2020-032712 del 8 de octubre de 2020, para la protección de los lideres étnicos de playa blanca ante las amenazas de que son víctimas.
Solicitamos que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo del presente oficio se remita con destino a esta Procuraduría Delegada un informe sobre los avances en la realización de las actuaciones que se requieren. Con relación con las solicitudes de la Procuraduría Delegada para Asuntos étnicos la respuesta a las mismas debe hacerse a la mayor brevedad posible por encontrarse vencido el plazo para su atención.
Consideramos necesario precisar que el incumplimiento de los deberes funcionales del servidor público frente a sus obligaciones en relación con la planificación del desarrollo seguro y con la gestión ambiental territorial sostenible, pueden constituir falta disciplinaria sancionables de acuerdo con la Ley 734 de 2002 hasta con la destitución del funcionario del respectivo cargo e inhabilidad general para ejercer cargos públicos hasta por veinte (20) años.
Anexos: copia de los oficios No.13203600003-600-2019 de fecha 6 de diciembre de 2019, No. S-2020-031672 de fecha 29 de septiembre de 2020 y No. S-2020-032712 del 8 de octubre de 2020, referenciados en la presente solicitud.
Atentamente,
OLGA LUCÍA PATÍN CURE
Procuradora Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios
c.c. Comando Fuerza Naval del Caribe
Viceministerio de Turismo
Capitanía de Puerto de Cartagena
Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique Cardique
Parques Nacionales Naturales
Policía Metropolitana de Cartagena