
En agosto de 2017, el entonces director ejecutivo de la veeduría ciudadana ‘Control Visible’, el abogado Jair Baleta Iriarte, le manifestó al procurador general, Fernando Carrillo Flórez, que «con los aliados que usted tiene en Bolívar y Cartagena, doctor Carrillo, perdemos la guerra que usted le ha declarado a la Corrupción».
Se refería el veedor ciudadano -según se supo – no solo a los entonces funcionarios de las Procuradurías Provincial y Regional y a la Personería del Distrito de Cartagena, entidades que comprenden el llamado Ministerio Público, sino además a los de las Contralorías Departamental y Distrital, entidades a las que el colectivo cívico les venía realizando desde hacía dos años un riguroso control social.
De acuerdo con lo que habría de explicar Baleta Iriarte días después a Revista Metro, dichos entes de control mostraban «muy pobres resultados (…), a pesar de los escándalos de corrupción que para esa época eran el pan cada día» (leer ‘«La Contraloría Departamental de Bolívar, otra entidad ineficiente»: Control Visible‘).
Tres años después, al menos en términos cuantitativos, el resultado de la gestión de la Contraloría Departamental es diferente. Al menos, así lo considera el director de la corporación ‘El Ojo que Grita’, el politólogo Mario Salvador Andrade, quien, tras la lectura de un informe presentado por el actual contralor departamental, Eduardo Sanjur Martínez, expresó que «el solo hecho que en lo que va de este año se hayan establecido 390 hallazgos administrativos, 82 con presunta incidencia disciplinaria, 7 con una supuesta incidencia penal y 34 con una aparente incidencia fiscal, es una muestra de que este ente de control ha dado un importante paso adelante en materia de gestión«.
Para el dirigente cívico, de la gestión de la Contraloría Departamental en el año que termina debe destacarse la atención a 143 denuncias recibidas de la propia ciudadanía en el marco del programa de Fortalecimiento a la Participación Comunitaria. «Nos llamó la atención de que de las 143 denuncias recibidas«, recalcó Andrade, «43 hayan concluido con respuestas de fondo; 22 hayan sido trasladadas a otros entes, por asuntos de competencia; y 6 hayan sido trasladadas al área de responsabilidad fiscal por considerarse que, en efecto, tenían asidero en tal sentido«.
Este portal pudo establecer que el resto de las denuncias están en trámite, y que -incluso – la mayoría ya están resueltas, pero Andrade no tenía los datos completos a la mano ya que los documentos en su poder corresponden a una rendición de cuentas a corte 30 de noviembre.
$1.331 millones en fallos de responsabilidad fiscal
Para el contralor departamental, Eduardo Sanjur, uno de los elementos a destacar dentro de su informe es que «durante la vigencia 2020 se lograran beneficios del control fiscal por encima de los $943 millones; se profirieran fallos de responsabilidad fiscal por valor de más de $1.331 millones; y se realizaran traslados de fallos de responsabilidad fiscal al área de jurisdicción coactiva por más de $1.005 millones«.
«Debe destacarse igualmente que se aperturaron 166 procesos administrativos sancionatorios, de los cuales se presentaron 45 multas y se trasladaron 36 al área de jurisdicción coactiva«, recalcó Sanjur; «de igual forma, debe indicarse que en materia de resultados de procesos de jurisdicción coactiva se recibieron 47 títulos y se decretaron 53 medidas cautelares«.
En diálogo con Revista Metro, el funcionario informó -asimismo – que durante el año que termina se resolvieron 132 solicitudes de urgencias manifiestas, en el marco del control de legalidad que por Ley debe adelantar, «revisándose 465 contratos Covid-19, dándose 8 conceptos desfavorables«.
El peculiar caso de Hatillo de Loba
Entre los contratos que no se pudieron legalizar en el marco de la calamidad pública decretada, por haber entregado la Contraloría de Bolívar un concepto desfavorable en el marco del correspondiente control de legalidad, llama la atención uno por más de $900 millones que pretendió celebrar la Alcaldía del municipio de Hatillo de Loba para el mejoramiento de varias vías terciarias.
«Encontramos que ese objeto no guarda ninguna relación con la atención a la pandemia del Covid-19«, explicó Eduardo Sanjur; «lo importante en este caso es que, como resultado de nuestra decisión, se obtuvo un beneficio en materia de control fiscal, ya que el acto jurídico contractual fue revocado y, por ende, no ejecutado, lo que evitó que se ocasionara una celebración indebida de contrato«.
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