La confirmación de la elección ATÍPICA “para elegir al alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, (Bolívar), para el día 15 de abril de 2018”, como se indica en el Decreto 295 del 16 de febrero de 2018, aunque era esperada por vastos sectores de la ciudadanía cartagenera, particularmente por su dirigencia política, gremial, cívica y comunitaria, no dejó de impactar a algunos actores de la vida pública local, varios de los cuales no supieron como reaccionar ante la convocatoria. Lo claro es que si la manifestación de los cartageneros es la que se expresa a través de las redes sociales y los mensajes vía WhatsApp, estos clamaban por acabar la reinante interinidad y hoy brincan de la alegría porque ya muy pronto ello podrá ser un hecho, cuando se elija popularmente un nuevo alcalde en propiedad.
Las BASES del Decreto 295 del 16 de febrero de 2018, “Por el cual se convoca elecciones para elegir al alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias», son, en síntesis, que la fecha de la elección atípica es el domingo 15 de abril de 2018; que al frente de los preparativos y desarrollo de la jornada electoral estará, en su condición de alcalde designado, el politólogo Sergio Londoño Zurek; y que el periodo de inscripción comenzó este sábado 17 de febrero y se extenderá hasta el próximo 3 de marzo, es decir 15 días calendarios después de la convocatoria. De acuerdo con los considerandos del acto administrativo, la Presidencia de la República se BASÓ, para efectos de escoger la fecha de la elección (y con ello, sin decirlo, justifica la demora en convocarla), en una sugerencia de la Registraduría.
Las CALIDADES para ser elegido alcalde de un distrito o municipio están contempladas en el artículo 86 de la Ley 136 de 1994, y estas, por lo que se ve, son mínimas: que sea ciudadano colombiano en ejercicio y que haya nacido en la correspondiente ciudad, o haya residido en esta, o en su área metropolitana, si existiere, durante el año anterior a la fecha de su inscripción, o durante un período mínimo de tres años consecutivos en cualquier época. Solo estas. No obstante, las CALIDADES que busca o debería buscar el ciudadano informado van mucho más allá, y es que tenga conocimiento de lo público; que en los cargos ocupados haya demostrado ser una persona honesta, justa y responsable; y que, más allá de lo que exprese de labios hacia fuera, sea evidente que en sus actos primará el interés general y no el particular.
Justamente, con el fin de que los candidatos tengan los atributos que la Ley dispone para ser alcaldes, así como los demás que la sana lógica impone, como experiencia, conocimientos, probidad, responsabilidad y sentido de la justicia, entre muchos otros, los potenciales electores deberán CHEQUEAR, en lo posible con lupa, los antecedentes de cada uno. Pero no los relacionados por ellos mismos en sus hojas de vida, en las que enumeran virtudes de las que muchos carecen, sino los que pueden hallarse con un simple ingreso a Google, cualquier otro buscador en la web o en los archivos de algunos medios de comunicación. El CHEQUEADO (fact checking, en inglés) que adelantan La Silla Vacía y otros medios a los candidatos presidenciales deberá ser replicado en Cartagena con el fin de develar las habituales mentiras de campañas.